CIRCULAR SOBRE EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

El Ministerio de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico, a través de su Administración Tributaria, invita cordialmente a todos los ciudadanos ecuatoguineanos a cumplir con su obligación tributaria pagando el Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (IBI). Su contribución es fundamental para el desarrollo y bienestar de nuestra nación.

¿ Que esl El Impuesto sobre Bienes Inmuebles ?

El impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), es el tributo que sustituye al antiguo impuesto sobre contribuciones rústicas y urbanas, y grava el valor catastral de la propiedad inmobiliaria con o sin edificacion; registrada o no registrada. Tales como: casas, terrenos rusticos y urbanos, y edificaciones privadas con independencia de su utilidad.

A efectos de la ley general tributaria en el articulo 209,
• Se entenderá por Propiedad urbana, el suelo con o sin edificación, siempre que esté enclavado en una zona urbana, entendiendo por zona urbana, el término municipal que comprende el centro de la ciudad, los barrios adyacentes y los núcleos anexos al casco urbano donde se ubica un ayuntamiento.

• Y se entenderá por Propiedad rural, a todo terreno susceptible de aprovechamiento agrícola, forestal o ganadero, que produzca o sea susceptible de producir rendimiento, y sea adquirido a título definitivo, provisional, en usufructo o familiar, sea cual fuera el objeto de la concesión o alquiler del mismo.

Medidas del Impago del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles:

En el caso del impago de dicho impuesto, el ciudadano no podrá obtener el certificado de solvencia tributaria, el cual le permite realizar diversos trámites financieros y administrativos.

Infórmate mas sobre dicho impuesto en la oficina de atención al contribuyente, en las sedes del Ministerio de Hacienda, tanto en Malabo como en Bata.