En Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Núm. 2/2025, de fecha 28 de mayo, sobre el Régimen Jurídico de la Administración General del Estado, el Ministerio de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico ha celebrado en la jornada de hoy 7 de noviembre su Séptimo Consejo Directivo Ordinario, correspondiente al ejercicio económico 2025.
La sesión fue presidida por el Excmo. Sr. Ministro Titular, Don Iván Bacale EBE MOLINA, y contó con la participación de miembros del Gobierno, consejeros presidenciales, el Secretario General y los directores generales del Departamento Ministerial. El orden del día, presentado por el Ilmo. Sr. Secretario General, Don Ambrosio ESONO ANGUE, comprendió los principales puntos de revisión, evaluación y aprobación previstos para el presente ejercicio.
El primer punto del orden del día se centró en el examen del borrador de la Orden de la Presidencia del Gobierno, por la que se establece el control financiero universal del gasto público centralizado en el Ministerio de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico.
Dicha iniciativa tiene como finalidad reforzar los mecanismos de control del gasto público, establecer criterios uniformes y alinear los procedimientos de solicitud de libramientos de los diferentes departamentos ministeriales y entidades autónomas del Estado.
La implementación de un sistema de control financiero universal representa un instrumento clave para garantizar la disciplina presupuestaria, optimizar la programación financiera y fortalecer la transparencia en la gestión de los recursos públicos.
Esta medida responde a la necesidad de consolidar la sostenibilidad de las finanzas del Estado, reafirmando el papel del Ministerio como órgano rector de la política fiscal y financiera del país.
Durante el análisis, los miembros del Consejo revisaron de manera exhaustiva la exposición de motivos y el articulado de la Orden, con el objetivo de asegurar su plena coherencia con la Ley de Finanzas de la República de Guinea Ecuatorial y con los decretos y leyes vigentes en materia de control financiero y contabilidad pública.
Se destacó que el proceso de validación de la Orden se ha basado en evitar duplicidades normativas, garantizando la armonización de las disposiciones existentes y su adecuada integración en el marco legal financiero del país.
El segundo punto abordó la revisión del mecanismo para el control y racionalización del gasto público, mediante el cual se propone que todo gasto público, independientemente de su fuente o naturaleza, sea sometido a control financiero previo del Ministerio de Hacienda.
Actualmente, la fragmentación de los procedimientos de ejecución del gasto, con múltiples centros de decisión operando de forma autónoma y sin la debida verificación presupuestaria, constituye un reto estructural que afecta la eficiencia del sistema de gestión financiera pública.
Esta medida busca unificar los procesos de control y ejecución del gasto, reforzando la transparencia y la rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos, en un contexto caracterizado por restricciones presupuestarias y transición hacia una gestión fiscal más sostenible.
En el tercer y último punto del orden del día, el Consejo analizó el borrador de la Orden de la Presidencia del Gobierno por la que se crea el Comité de Política y Sostenibilidad Fiscal, como órgano colegiado de carácter permanente, adscrito a la Presidencia del Gobierno.
Este Comité tendrá competencias en coordinación, decisión, supervisión y seguimiento de las políticas económicas y fiscales del país, en línea con los objetivos establecidos en el Decreto Núm. 009/2024.
El nuevo órgano busca garantizar la sostenibilidad fiscal de Guinea Ecuatorial, promover la estabilidad macroeconómica y apoyar la diversificación económica, a través de una gobernanza financiera pública eficiente, transparente y orientada a resultados.
El Consejo Directivo concluyó con la adopción de enmiendas técnicas a los proyectos de órdenes ministeriales debatidos, las cuales serán presentadas en el próximo Consejo Interministerial para su revisión y aprobación, si procede.



