PRIVATIZACIÓN DE ACTIVOS DEL ESTADO

El Gobierno de Guinea Ecuatorial acordó con el Fondo Monetario Internacional (FMI), el 18 de diciembre del 2019, un programa de Servicio Ampliado del Fondo (SAF), con la finalidad de mantener la estabilidad macroeconómica y financiera, mejorar la protección social, fomentar la diversificación económica, fortalecer la gobernanza y combatir la corrupción.

El artículo 3 apartado A) inciso g) del Decreto núm. 136/2019, de fecha 15 de octubre, por el que se adopta el Memorándum sobre Políticas Económicas y Financieras para el periodo 2019-2022, establece la obligación del Gobierno de implementar medidas y políticas clave, así como realizar las reformas estructurales acordadas con el FMI, entre las cuales se encuentra en materia de finanzas públicas, la necesidad de privatizar activos del Estado, determinando una lista de activos para dicho fin y que constituye un elemento de referencia estructural del programa.

En este sentido a propuesta del Ministerio de Hacienda, Economía y Planificación, previa aprobación del Gobierno se establece lo siguiente:

  1. Listado de activos del Estado a privatizar bajo dos modalidades.

Modalidad 1: organismos públicos a privatizar (organismos autónomos y entidades públicas empresariales).

  • Guinea Ecuatorial de Telecomunicaciones Sociedad Anónima (GETESA).
  • Sociedad de Electricidad de Guinea Ecuatorial (SEGESA).
  • Guinea Ecuatorial de Correos y Telecomunicaciones (GECOTEL).
  • Gestor de Infraestructuras de Telecomunicaciones de Guinea Ecuatorial (GITGE). 
  • Ceiba Intercontinental.
  • Inspección Técnica de Vehículos (ITV).

Modalidad 2: activos sujetos a otras formas de privatización.

  • Activos hoteleros.
  • Activos de Agua.
  • Infraestructuras sanitarias.
  • Infraestructuras educativas.
  • Infraestructuras portuarias.
  • Infraestructuras aeroportuarias.
  • Peajes.

2.Formas de Privatización.

La privatización podrá suponer la transmisión total del activo o la cesión de la gestión al sector privado, en uno y otro caso, el Gobierno deberá seguir los procedimientos legales establecidos al efecto para su materialización.

3.Plan de venta de activos.

El Ministerio de Hacienda, Economía y Planificación, deberá diseñar y aprobar un plan de venta de los activos y someterlo a la aprobación del Gobierno, el cual implicará que las mismas se realicen necesariamente mediante licitaciones internacionales abiertas y transparentes.